Tres fechas de sanción a Pinilla

Barrancabermeja CF
Tres fechas de sanción deberá pagar John Jairo Pinilla por la agresión cometida a Álvaro Metaute en el juego efectuado entre Barrancabermeja y P&Z el día 28 de agosto de 2012, de esta manera el referente del microfútbol colombiano se perderá la fase de cuartos de final, en la que casualmente su equipo, Barrancabermeja, se enfrentará a P&Z. De avanzar a semifinales el bogotano también se perderá el primer juego.
 
A continuación el comunicado oficial emitido por la División Nacional de Fútbol de Salón:
 
COMISIÓN DISCIPLINARIA DFS
RESOLUCIÓN No. 009
Bogotá D.C. 3 de septiembre de 2012
“Por medio de la cual se resuelve una actuación disciplinaria”
La Comisión Disciplinaria de la División Nacional de Fútbol de Salón, en uso de sus atribuciones reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 13 del Código Disciplinario de la División Nacional de Fútbol de Salón, corresponde a la Comisión Disciplinaria de la DFS, resolver, juzgar y sancionar las infracciones cometidas por los Equipos, sus dirigentes, delegados, jugadores, cuerpo técnico, cuerpo médico, las plazas, oficiales y todas aquellas personas que de una u otra forma están vinculadas con la DFS.
Que la DFS, expidió la Resolución No. 010 del 27 de abril de 2011, por medio de la cual se adoptó el Código Disciplinario.
Que por medio de Resolución No. 017 del 8 de julio de 2011, se modificó parcialmente el Código Disciplinario, en sus artículos 209 a 215.
Que por medio de Resolución No. 020 del 1 de agosto de 2011, se modificó parcialmente el Código Disciplinario, en sus artículos 88 y 210.
Que el día sábado 28 de agosto de 2012, en el partido jugado entre los equipos P&Z BOGOTÁ vs. CLUB BARRANCABERMEJA C.F, correspondiente a la OCTAVA FECHA DE LA SEGUNDA VUELTA se registró en la planilla de juego una agresión física del jugador JHON JAIRO PINILLA CUBILLOS, del equipo CLUB BARRANCABERMEJA C.F, en contra del jugador ALVARO ANDRES METAUTE OSPINA del equipo P&Z BOGOTÁ.
Que la Comisión Disciplinaria de la División Nacional, analizó el video del partido jugado en donde se evidenciaron los hechos ocurridos en el encuentro, dejando claridad de la falta cometida por el señor Pinilla en contra del señor Metaute. Sin embargo, es preciso que esta Comisión aclare los hechos ocurridos, en donde se muestra claramente que el jugador ALVARO ANDRES METAUTE OSPINA, en la jugada de la falta, provocó constantemente al jugador JHON JAIRO PINILLA CUBILLOS, hechos a los que este último respondió con la agresión que aquí se sanciona.
Esta Comisión reitera como lo ha hecho en anteriores ocasiones que ningún acto de violencia está permitido ni dentro ni fuera del campo de juego en desarrollo del torneo y es así como con ocasión de este último incidente se han estudiado las sanciones interpuestas hasta ahora por esos hechos, concluyendo que el equipo más sancionado ha sido P&Z BOGOTÁ, razón por la cual se efectuó un requerimiento al señor LUIS MARIO GONZALEZ ESCANDON, en su calidad de Director Técnico del equipo P&Z BOGOTÁ, a efectos de que explicara a esta Comisión acerca de los frecuentes hechos de violencia y provocación a la misma en los que se ha visto involucrado el equipo que él dirige. Sin embargo y por el silencio guardado por el señor González, se hace necesario efectuarle un nuevo requerimiento para que comparezca ante esta Comisión y responda sobre tales interrogantes.
La Comisión Disciplinaria de la División Nacional, no permitirá ni avalará ninguna actuación, ni incitación a la violencia, se quiere un espectáculo sano y con respeto a las reglas de juego.
Esta Comisión también hará un llamado de atención al señor CARLOS ALBERTO MARTINEZ PALOMO presidente del equipo P&Z BOGOTA, como responsable del equipo por las comunicaciones enviadas en nombre de su equipo y que buscaron desprestigiar al jugador Jhon Jairo Pinilla, en este punto se aclara que la única autoridad competente para cuestionar o sancionar una conducta cometida en desarrollo del torneo Copa Postobón de Microfútbol, es la Comisión Disciplinaria de la División Nacional, y no los equipos participantes o cualquier otra persona, el equipo no respetó los conductos regulares y si generó con su actuación un descontento general sobre la forma de su actuación, aunque el hecho del jugador Pinilla no fue el correcto, los medios de queja utilizados por el equipo P&Z BOGOTA, fueron totalmente desproporcionados.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: SANCIONAR con tres (3) fechas al jugador JHON JAIRO PINILLA CUBILLOS, del equipo CLUB BARRANCABERMEJA C.F, por las razones expuestas en esta resolución, y descontar de la sanción impuesta la sanción automática ya cumplida por el señor Pinilla.
SEGUNDO: Llamar a descargos y como último plazo hasta las 12:00 a.m. del día viernes 7 de septiembre, al señor LUIS MARIO GONZÁLEZ ESCANDÓN, en su calidad de Director Técnico del equipo P&Z BOGOTÁ, a efectos de que rinda explicación por los frecuentes hechos de violencia e incitación a la violencia en la que ha estado involucrado su equipo en desarrollo del Torneo Copa Postobón de Microfútbol 2012.
TERCERO: Hace un llamado de atención al señor CARLOS ALBERTO MARTINEZ PALOMO presidente del equipo P&Z BOGOTA, por los medios utilizados para quejarse en contra de la actuación del jugador Jhon Jairo Pinilla en contra del jugador Álvaro Andrés Metaute Ospina.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
 
Fuente: División Nacional de Fútbol de Salón